EL CENTRO DE BACHILLERATO TECNOLOGICO industrial y de servicios No. 187
CONVOCA
A todos los interesados en ofrecer los servicios de Cafetería Escolar a participar bajo las siguientes bases:
- Con base en el Artículo 72 de la Ley General de Bienes Nacionales, fracción IV, que a la letra dice “No podrán otorgarlas a favor de los servidores públicos que en cualquier forma intervengan en el trámite de las concesiones, ni de sus cónyuges o parientes consanguíneos y por afinidad hasta el cuarto grado o civiles, o de terceros con los que dichos servidores tengan vínculos privados o de negocios”.
- La concesión otorgada deberá inscribirse en el Registro Público de la Propiedad Federal, como lo prescribe el Artículo 42 de la Ley General de Bienes Nacionales, fracción VI y VIII.
- Comprobar experiencia en la prestación y venta de alimentos.
- Disponibilidad para proporcionar servicio de 6:30 a 19:30 hrs.
- Oferta económica mensual de $8,000.00 (Ocho mil pesos 00/100 M.N.) en 6 meses del año (febrero, marzo, mayo, septiembre, octubre y noviembre); la mitad: $4,000.00 (Cuatro mil pesos 00/100 M.N.) en 4 meses (abril, junio, agosto y diciembre); y exento de pago en 2 meses (enero y julio) por receso escolar; acorde al calendario escolar de la SEP Ciclo escolar 2023-2024.
- Cumplir con el Acuerdo mediante el cual se establecen los lineamientos generales para el expendio o distribución de alimentos y bebidas en los establecimientos de consumo escolar de los planteles, con el fin de fomentar hábitos de Vida Saludable en los adolescentes.
- Contribuir con el plantel a evitar el uso indiscriminado de desechables y generación de basura, como parte del Programa Escolar de Cuidado del Medio Ambiente
- Los aspirantes a la concesión de cafetería deberán contratar y pagar por su cuenta los servicios de agua y luz
La dirección del Plantel y el Comité Escolar de Administración Participativa, evaluarán todas las propuestas y mostrarán las instalaciones destinadas a la cafetería y las cláusulas que por ley rigen la concesión. Se conformará un Comité Escolar, que decidirá por la oferta que ofrezca las mejores condiciones de servicio. La decisión de este Comité será inapelable.
Las propuestas deberán contener: Solicitud elaborada, menú que indique costos, copia por ambos lados de la identificación oficial (IFE o INE) del concesionario, cédula RFC, constancia de situación fiscal, comprobante de domicilio del concesionario y aval, permiso sanitario para la venta de alimentos y cédula de determinación de cuotas al IMSS con vigencia del periodo que cubre el convenio, en donde se refleje el alta al seguro social de sus trabajadores.
Esta documentación se recibirá únicamente del 25 al 27 de julio del 2023 en un horario de 09:00 a 13:00 hrs., en la Dirección de este Plantel, ubicado en el km. 3 Carr. a San Martín, Chalch., Tamazunchale, S.L.P., Tel. 483 36 2 01 42.
Atentamente
DIRECCIÓN DEL PLANTEL Y COMITÉ ESCOLAR DE ADMINISTRACIÓN PARTICIPATIVA